2019 es un año de importantes citas con las urnas. Las fechas clave se concentran en los próximos meses. El 28 de abril se celebran las elecciones generales y el 26 de mayo, las autonómicas, municipales y europeas.
Esos días todas las personas con discapacidad intelectual tienen la oportunidad de que su voz se escuche. Por primera vez, desde que cambiara el pasado año la ley electoral, la participación en la vida política en España no va a tener ninguna barrera por causa de discapacidad intelectual o del desarrollo.
Pero, ¿a qué se debe la publicación de Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General?
Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007. Se obtuvieron 82 firmas de la Convención y 44 del Protocolo Facultativo, así como una ratificación de la Convención. Nunca antes una Convención de las Naciones Unidas había reunido un número tan elevado.
«œEste hecho señala un cambio paradigmático de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad», subraya Alex Cebollero, director asociativo de Valentia.
En la Convención se adopta una amplia «œclasificación» de las personas con discapacidad y se reafirma que todas las personas con todos los tipos de discapacidad deben poder gozar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
Además, en esta Convención se aclara y precisa cómo se aplican a las personas con discapacidad todas las categorías de derechos y se indican las esferas en las que es necesario introducir adaptaciones, las esferas en las que se han vulnerado esos derechos y en las que se debe reforzar la protección de los mismos para que las personas con discapacidad puedan ejercer de forma efectiva sus derechos.
Para Alex Cebollero, lo más relevante es «œcómo estos acuerdos y pactos se van a trasponer a la legislación de cada país», y destaca que «œaunque ha tardado mucho, los resultados están empezando a mostrarse y la nueva Ley electoral es una muestra de que los diferentes países se vuelcan para que haya una igualdad tangible«.
Una nueva Ley Electoral más igualitaria
Todo ello hace que 2019 sea un año electoral doblemente importante para las personas con discapacidad intelectual y en especial, para aquellas que, por sentencia judicial, estaban privadas de derecho a voto, al tratarse de personas incapacitadas. «œUn término que empieza a considerarse poco apropiado, a favor del de personas en situación jurídica de prestación de apoyos«, señala Cebollero.
Repasamos las principales novedades que nos trae la nueva Ley Electoral y te ayudamos a entender este paso tan importante en la vida de las personas con discapacidad intelectual.
¿Qué ha cambiado?
Con la publicación de Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, para la modificación de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General que garantiza el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad, culmina un proceso de propuesta, incidencia política y presión social, comenzado hace unos años por el movimiento social español de la discapacidad, liderado por el CERMI, que ha logrado suprimir una anomalía democrática que suponía que más de 100.000 personas estuvieran privadas en nuestro país del derecho de voto por razones asociadas a discapacidad, por sentencia judicial.
Tras esta modificación legal, a ninguna persona con discapacidad se le podrá retirar en el futuro el derecho de sufragio. Por su parte, las que estaban privadas de este derecho en el momento de la entrada en vigor de la reforma (publicada en el BOE el 6 de diciembre de 2018) lo recuperan de modo automático, sin ningún tipo de gestión o trámite.
¿A quién afecta este cambio?
Gracias al cambio en la ley electoral, las 100.000 personas que habían sido incapacitadas por un juez en España para acudir a las urnas, por discapacidad intelectual, enfermedad mental o deterioro cognitivo, recuperan su derecho al voto.
En el caso de Valentia, actualmente van a poder acudir a las urnas las 249 personas con discapacidad en situación jurídica de prestación de apoyos. Algunas de ellas contaban previamente con este derecho; otras, por el contrario, se enfrentan a este derecho por primera vez.
¿Por qué es importante?
Es importante que las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo sean protagonistas de su vida y participen plenamente en la sociedad. Y una de las formas más importantes de hacerlo y elegir su futuro es ejerciendo el derecho al voto. Garantizar este derecho, sin restricciones, significa igualdad de trato y no discriminación para todos los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad.
¿En qué se concreta?
La reforma legal aprobada el año pasado extiende el derecho de sufragio, activo y pasivo, a todas las personas con discapacidad, sin excepciones. Esto se traduce en la oportunidad de emitir un voto para elegir representantes o para aprobar o rechazar referendos, presentarse como candidatos en los procesos electorales o ser parte de una mesa electoral.
¿Qué puedo hacer para apoyar a una persona con discapacidad intelectual que quiera votar?
Votar puede ser complicado. En Valentia, estamos facilitando a las personas con discapacidad intelectual el acceso a formación sobre los procesos electorales a través del programa de Plena Inclusión «œMi voto cuenta«.
En la web de esta campaña, las personas con discapacidad pueden resolver dudas y descargar guías y recursos sobre el cambio en la ley electoral y el ejercicio del derecho al voto.
Asimismo, las personas que quieran apoyarlas pueden acceder a través de este programa a recursos para hacer más accesibles las elecciones. Por supuesto, también pueden acudir a Valentia. Desde nuestra entidad, se vela por la defensa de los derechos de las personas con discapacidad en colaboración con otras entidades y asociaciones.